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ELECCIONES 2021: JUSTIFICACION NO EMISION DE VOTO EN REPRESENTACIONES

JUSTIFICACION DE NO EMISION DEL VOTO EN REPRESENTACIONES

a. La Cámara Nacional Electoral ha dispuesto manetener para los comicios nacionales del presente año (12 de Septiembre Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias y 14 de noviembre Elecciones Generales), el sistema de justificación utilizado por la Justicia Nacional Electoral desde el año 2013. Se agradecerá contactar a la Sección Consular: seccion.consular.berna@mrecic.gov.ar a partir del 13 de septiembre.
b. Se recuerda que los ciudadanos argentinos que -con anterioridad a la fecha limite para la inclusión de novedades registrales (18 de mayo de 2021) cf. Art. 25 CEN)-, tuviesen asentado en sus respectivos documentos de identidad un domicilio fuera del territorio de la República Argentina, no requieren justificar la no emisión del voto.
c. De realizar dicha justitificación ante Sede Consular, no será necesario que el ciudadano, a su regreso a Argentina, se presente a efectuar ningún otro procedimiento adicional, ya que el sistema de justificaciones es el mismo que maneja la Justicia Nacional Electoral.
d. Esta modalidad de justificación de no emisión del voto es presencial.

JUSTIFICACION DE NO EMISION DEL VOTO PERSONAL
a. Por otro lado, los ciudadanos podrán acceder por sus propios medios a la página http://infractores.padron.gov.ar/ desde donde podrán, de manera personal, solicitar la justificación de la no emisión del voto adjuntando alguna documentación que lo acredite, efectuar reclamos o bien, generar las boletas de pago a los efectos de abonar las multas correspondientes.
b. Cabe mencionar, que esta modalidad de justificación dependerá de la respuesta de la Cámara Nacional Electoral y puede demorar en obtenerse.

ACLARACIONES

a. El sistema de justificaciones estará habilitado desde el día 12 de septiembre.
b. Las representaciones no abrirán el día domingo 12 de septiembre (elecciones PASO).
c. El plazo para realizar el trámite de justificación de no emisión del voto en cada caso es de 60 días desde la fecha de los comicios.

 

 

Fecha de actualización: 21/09/2021